Un medio de comunicación podrá negar el derecho de réplica a cualquier ciudadano, y orillarlo a iniciar un proceso judicial en el que se enfrentará a engorrosos trámites y a la obligación de tener pruebas físicas del agravio, según el dictamen de la Ley Reglamentaria en materia de derecho de réplica que se discute en el Senado.
La Asociación Mexicana de Defensoría de las Audiencias acusa que el ciudadano es el menos beneficiado con esta ley que debería proteger el derecho de réplica. El dictamen –aprobado en diciembre de 2013– llevaba casi dos años congelado, y se prevé que los senadores lo avalen en comisiones, prácticamente sin discutirlo, el próximo martes 22 de septiembre.
No sólo se contemplan excusas para que los medios nieguen el derecho de réplica y obliguen a judicializar el proceso, sino que eso atenta contra un derecho de réplica expedito, gratuito, equitativo y confiable, como marca el derecho internacional.
Un medio, agencia de noticias, emisoras o productoras independientes pueden negar el derecho de réplica cuando:
- Se trate de transmisiones en vivo y consideren que la réplica ya se realizó.
- Consideren que el afectado no se está limitando a la aclaración de datos, sino que tiene otros fines.
- La información presuntamente inexacta se base en datos oficiales.
- La declaración de un servidor público o provenga de alguna agencia de noticias.
Según el derecho internacional, la carga de probar los hechos debería caer sobre el medio que difunde la información y no sobre el ciudadano agraviado.
Por otro lado, el hecho de que buscar el derecho de réplica conlleve un proceso judicial es una práctica discriminatoria e inequitativa, pues sólo los ciudadanos con recursos para pagar abogados y seguir un juicio podrán ejercer su derecho. Además de que cuando se resuelva la querella es posible que ya sea tarde para reparar el daño ocasionado al afectado.
En la discusión en el Senado, legisladores del Partido de la Revolución Democrática (PRD) exigieron que en el dictamen se modifique el artículo 5 que cita: “La crítica periodística será sujeta al derecho de réplica (…) siempre y cuando esté sustentada en información falsa o inexacta cuya divulgación cause un agravio a la persona que lo solicite, ya sea político, económico, en su honor, imagen, reputación o vida privada”.
Los senadores perredistas argumentan que este artículo “haría inviable el debate y la crítica periodística sobre información que se difunda”; pues la réplica debería proceder “únicamente” contra la información difundida y no contra opiniones que son una forma de libertad de expresión.
El dictamen fue aprobado en diciembre de 2013 por los diputados y desde entonces se mantuvo congelado en el Senado. Desde hace unos días senadores del PRI y PVEM lo rescataron para aprobarlo en los mismos términos, pero en las Comisiones de Gobernación, Justicia y Estudios Legislativos ha habido oposición de la izquierda y de algunos senadores del PAN.
La Asociación Mexicana de Defensoría de las Audiencias denuncia que luego de 20 meses en que el Senado se negó a tener un debate serio sobre el derecho de réplica, se busca aprobar un dictamen regresivo que incluso ya está desactualizado, pues no contempla los derechos de las audiencias que se incorporaron a la Constitución hace dos años.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: TANIA L. MONTALVO.