Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) absolvieron a cuatro expolicías de la Secretaría de Seguridad Pública del DF (SSPDF) de los delitos homicidio y lesiones por los que fueron condenados, tras el operativo realizado el 8 de junio en la discoteca New’s Divine.
La propuesta realizada por el ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea y aprobada por tres votos a favor y dos en contra establece que “el trágico resultado derivado del operativo realizado sobre el mencionado establecimiento, no podía ser imputado a los policías que se encontraban fuera del establecimiento formando un muro de contención”.
De acuerdo con la resolución de los ministros, la muerte de doce individuos, así como las lesiones provocadas a por lo menos otras siete personas, se debió a que muchos de los jóvenes que se encontraban dentro del establecimiento se comenzaron a acumular en un pequeño túnel aledaño a la puerta principal y permanecieron ahí atrapados durante aproximadamente 10 minutos.
“Contrario a lo señalado en instancias anteriores, los ministros advirtieron que esta acumulación de personas no fue provocada por los policías que se encontraban fuera del establecimiento, sino que la misma se debió a tres factores fundamentales”:
- el cierre de la puerta por donde salían los jóvenes durante las primeras etapas del operativo, a causa de ciertos disturbios que tuvieron lugar al exterior del establecimiento;
- la presión sobre los jóvenes para que abandonaran el lugar, ejercida por los policías que se encontraban dentro del establecimiento; y
- la decisión de apagar las luces y el aire acondicionado del lugar, lo que ocasionó una falta de aire y generó un ambiente sofocante.
Los ministros señalaron que debido a la presión ejercida por los jóvenes atrapados, una de las puertas del lugar se venció y provocó que algunas de las personas más cercanas a la entrada fueran proyectadas hacia el exterior, cayeran al suelo y fueran pisoteadas por una multitud que salía intempestivamente.
Ante la salida de los jóvenes, varios elementos de la SSPDF hicieron una valla alrededor de la puerta, con el objetivo de controlar la salida de los jóvenes para evitar que se causaran daños a las personas que se encontraban en el suelo.
“Tomando las anteriores circunstancias en consideración, la Suprema Corte concluyó que resultaba evidente que el actuar de esos policías no fue lo que generó la muerte de los jóvenes, además de que su actuación se encuadró en el cumplimiento de un deber de cuidado, sin que fuera previsible para ellos lo que sucedía dentro y sin que tuvieran la obligación de preverlo en atención a un principio de confianza”, resolvió la Corte.
Por esa razón, la Primera Sala otorgó un amparo a favor de Rosa Herlinda Antúnez Vázquez, Jesús Esteban Cortés Alcántara, Luciano Báez Chávez y Marcela rivera Cruz, quienes habían recibido sentencias de entre 19 y 24 años de prisión, ya que la Procuraduría General de Justicia del DF aseguró que ellos fueron los responsables de haber evitado que los jóvenes salieran de la discoteca en la que murieron asfixiados y aplastados.
Actualmente, Alfredo Maya Ortiz, gerente del New’s Divine, es el único encarcelado por el caso. Los policías no estaban en prisión gracias a los amparos que tramitaron.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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