El PAN y el PRD presentaron en el Senado una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para establecer el nuevo marco jurídico de actuación de las fiscalías de Combate a la Corrupción y Especializada para la Atención de Delitos Electorales.
La Fiscalía de Combate a la Corrupción sería un órgano con independencia técnica y operativa para investigar, prevenir y conocer los delitos en materia de corrupción, de acuerdo con la propuesta que se publicó en la Gaceta Parlamentaria del Senado.
Propone que el titular de esta fiscalía sea nombrado por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, y removido libremente por el procurador general de la República.
Los senadores de los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) exponen que la remoción podría ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes del Senado, dentro de un plazo de 15 días hábiles siguientes al acuerdo respectivo.
En tanto, la Fiscalía de Combate a la Corrupción podría, entre otras facultades, ejercer las atribuciones que la Constitución, los instrumentos internacionales en la materia, las leyes, los reglamentos y demás disposiciones jurídicas confieren al Ministerio Público de la Federación en lo relativo a delitos de corrupción.
Así como diseñar e implementar estrategias y líneas de acción para combatir los delitos en materia de corrupción e instrumentar mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades de los tres niveles de gobierno, para la investigación de delitos en materia de corrupción, entre otras.
La fiscalía contará con un presupuesto de al menos 4.0 por ciento del presupuesto total asignado a la Procuraduría General de la República (PGR).
En lo referente a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, será un órgano con independencia técnica y operativa para investigar, prevenir y perseguir delitos electorales en los términos de la ley general correspondiente.
Se plantea que la Fiscalía para la Atención de Delitos Electorales, ejercería las atribuciones que la Constitución, la presente ley y demás disposiciones jurídicas confieren al Ministerio Público de la Federación, respecto a delitos electorales.
Así como diseñar e implementar estrategias y líneas de acción, para combatir los delitos electorales e instrumentar mecanismos de coordinación con otras autoridades para elaborar estrategias y programas tendientes a prevenir y combatir la comisión de delitos electorales, entre otras.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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