La Comisión Nacional de los Derechos Humanos solicitó al secretario general de Gobierno de Chiapas, Juan Carlos Gómez Aranda, la implementación de medidas cautelares que les garanticen alimentación, salud y vivienda.
Los desplazados por el conflicto de Chenalhó deben tener “un mínimo de satisfactores en alimentación, salud, vivienda, integridad física y vida” y por ello la Comisión Nacional de Derechos Humanos solicitó medidas cautelares al gobierno de Chiapas.
El desplazamiento forzado de personas -señala la CNDH en un comunicado- genera violación a diversos derechos humanos que necesitan ser debidamente tutelados por el Estado, tal y como se señaló en el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) dado a conocer el pasado 11 de mayo.
Asimismo, la CNDH solicitó que en un plazo máximo de 24 horas, contados a partir de la notificación, las autoridades chiapanecas le informen sobre la aceptación de las medidas requeridas y, en tal caso, periódicamente, las actividades que se han realizado para su cumplimiento.
COMUNICADO DE LA CNDH:
SOLICITÓ CNDH AL GOBIERNO DE CHIAPAS IMPLEMENTAR MEDIDAS CAUTELARES PARA VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO POR EL CONFLICTO EN CHENALHÓ Y GARANTIZAR SUS DERECHOS
Con la finalidad de prevenir hechos de difícil o imposible reparación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó al Secretario General de Gobierno de Chiapas, Juan Carlos Gómez Aranda, la implementación de medidas cautelares tendentes a garantizar un mínimo de satisfactores en alimentación, salud, vivienda, integridad física y vida a las personas desplazadas por los recientes acontecimientos violentos ocurridos en el municipio de Chenalhó, que les permitan cubrir de inmediato sus necesidades básicas.
Para esta Comisión Nacional, el desplazamiento forzado de personas genera violación a diversos derechos humanos que necesitan ser debidamente tutelados por el Estado, tal y como se señaló en el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) dado a conocer el pasado 11 de mayo. En tal sentido, es necesaria la implementación de acciones urgentes para proteger los derechos humanos de aquellas personas víctimas de los hechos ocurridos en Chenalhó.
En los últimos cinco días, en dicho municipio hubo personas heridas por impacto de arma de fuego y la pérdida de la vida de dos personas, una de ellas menor de edad, en tanto que algunos medios de comunicación, especialmente el 28 y 29 del presente mes, han dado cuenta de aproximadamente 80 familias que han tenido que desplazarse de manera forzada y precipitada de sus comunidades, con la finalidad de proteger su integridad física e, incluso, su vida, por la situación de violencia que todavía impera allí, requiriendo el apoyo inmediato de las autoridades de la entidad.
La solicitud de medidas cautelares es parte de la función primordial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos establecida en los artículos 3, 6, fracción II y 40 de la Ley de la Comisión Nacional, así como 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno.
La CNDH analizó, prima facie, un conjunto de requisitos como el riesgo, la urgencia y la irreparabilidad del daño, en el contexto de los sucesos indicados para establecer la pertinencia de medidas cautelares.
Al considerar cumplidos los requisitos señalados, sin prejuzgar las cuestiones de fondo, resultó procedente la solicitud de medidas cautelares.
Por ello, este Organismo Nacional requirió al Secretario General de Gobierno, que escuchando a los beneficiarios, se implementaran las siguientes medidas cautelares:
a. Que de manera inmediata, y en coordinación con las autoridades estatales y municipales que correspondan, se realice un censo de las personas víctimas del Desplazamiento Forzado Interno (DFI) por los hechos de violencia generados en los últimos días en el municipio de Chenalhó, Chiapas, y se les garantice la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, salud y vivienda.
b. Que de manera inmediata, y en coordinación con las autoridades estatales y municipales que correspondan, brinden la protección y resguardo de las personas víctimas del DFI, por los hechos de violencia generados, ante el estado de vulnerabilidad en que se encuentran, y garantizar su derecho a la integridad física e, incluso, su vida.
c. Que de manera inmediata, y en coordinación con las autoridades estatales y municipales que correspondan, se establezcan las acciones necesarias para que, en tanto subsista el desplazamiento, se prevean los lugares de alojamiento temporal de las familias desplazadas y, en su caso, el acceso de las mismas a los servicios de salud, educativos, jurídicos y laborales.
d. Que de manera inmediata, y en coordinación con las autoridades estatales y municipales que correspondan, se lleven a cabo las acciones necesarias dentro del marco jurídico, que permitan dar solución a los hechos de violencia generados en los últimos días en el municipio de Chenalhó, Chiapas, privilegiando el diálogo entre las partes para evitar hechos de violencia con independencia de donde puedan provenir, con la finalidad de que en el menor tiempo posible las víctimas del DFI, puedan tener un retorno seguro y duradero a sus comunidades de origen.
Dichas medidas deberán implementarse durante el tiempo que se requiera, evitando así la consumación irreparable de hechos violatorios a los derechos humanos que causen daños de difícil
reparación.
Asimismo, solicitó se informara a este Organismo Nacional en un plazo máximo de 24 horas, contados a partir de la notificación, la aceptación de las medidas requeridas y, en tal caso, periódicamente, las actividades que se han realizado para su cumplimiento.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/3005/mexico/proteccion-a-desplazados-de-chenalho-pide-la-cndh-al-gobierno-de-chiapas/