La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará este miércoles un proyecto de sentencia que confirma una sanción a Petróleos Mexicanos (Pemex) y su subsidiaria Pemex -Refinación por incurrir en prácticas monopólicas para el transporte de combustible a través de pipas operadas exclusivamente por personal sindicalizado de la antigua paraestatal.
El proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán a la Segunda Sala del Máximo Tribunal confirma una multa de 653 millones de pesos que la Comisión Federal de Competencia (Cofece) impuso a ambas empresas productivas por obligar a las gasolineras a contratar los carros tanque operados por trabajadores afiliados al sindicato petrolero que dirige el senador del PRI, Carlos Romero Deschamps.
La propuesta de resolución indica que la distribución de diésel y gasolina de las terminales de almacenamiento a las estaciones de servicio no se puede considerar un área estratégica de la industria petrolera, debido a que el combustible deja de ser propiedad de la Pemex cuando ya fue vendido a particulares que cuentan con estaciones de servicio.
Por lo anterior, el ministro concluye que la Cofece si tiene facultades para vigilar y sancionar las prácticas monopólicas que se deriven del traslado de combustible desde las terminales de almacenamiento hacia las gasolineras. La propuesta también valida las facultades de la Comisión de Competencia para sancionar a Pemex.
El proyecto de sentencia agrega que el principal argumento de Pemex y Pemex-Refinación para condicionar la venta de gasolina a las estaciones de servicio es que solo de esa forma se garantizaba mayor seguridad en el traslado del combustible.
Sin embargo, para el ministro Pérez Dayán este rubro corresponde más a la eventual regulación de los transportistas que a una situación de seguridad, por lo que se considera completamente injustificada la conducta de Pemex y de sus empresas subsidiarias para obligar a la contratación de pipas con personal sindicalizado.
“No existe razón alguna que justifique la conducta de condicionamiento de la venta de combustibles, con el pretexto de mayores niveles de seguridad o el llamado valor agregado en términos de seguridad y tecnología, ya que es obligación de Pemex-Refinación establecer la regulación necesaria para que los transportistas privados cumplan con los niveles necesarios de seguridad, calidad y continuidad”, señala la propuesta.
Por lo tanto, la sentencia considera que a Pemex le corresponde regular el traslado de combustibles en conjunto con las Secretarías de Comunicaciones y Transportes (SCT) y de Medio Ambiente Y Recursos Naturales (Semarnat), con el propósito de que todos los transportistas cumplan con condiciones de seguridad que protejan a la población.
“Los aspectos de seguridad no son, en buena parte, un servicio de valor agregado (por parte de Pemex), sino una medida para la protección de la sociedad, pues se trata de una cuestión regulatoria… Es obligación de las quejosas establecer la regulación necesaria para que los transportistas privados cumplan con las medidas regulatorias de seguridad”, concluye la sentencia.
La propuesta de resolución también rechaza los argumentos de Pemex en el sentido de que la Cofece no debió iniciar la investigación de prácticas monopólicas, con el argumento de que los quejosos en este caso eran empresarios gasolineros, mismos que no resultaban afectados de manera directa.
El ministro Alberto Pérez Dayán advierte en su documento que cualquier persona perjudicada puede presentar las quejas si es afectado por una práctica monopólica, por lo que no era necesario que un transportista se quejara de forma directa por no poder participar en ese mercado.
Para que el proyecto de sentencia sea aprobado, se requiere que sume dos votos más, con lo cual se confirmaría la multa millonaria a Pemex por incurrir en prácticas monopólicas que benefician solamente al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM).
El amparo revisión que deberán resolver los ministros de la Segunda Sala de la Corte data de la multa impuesta por la Cofece a Pemex y Pemex Refinación el 20 de agosto del 213, por lo que se trata de un caso que es anterior a la reforma energética, pero que coincide con la liberalización de los precios de las gasolinas.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: JUAN OMAR FIERRO.
FECHA: 18 ENERO 2017.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1801/mexico/ministro-propone-confirmar-multa-a-pemex-por-monopolio-de-pipas-para-distribucion-de-gasolina/