"Resultan extrañas las controversias constitucionales presentadas por el Senado y la Presidencia de la República. El Senado deliberó y aprobó en su momento la reforma constitucional y la legislación secundaria que ordena al IFT emitir los Lineamientos. Además, este ordenamiento fue sometido a consulta pública y finalmente fue aprobado por el pleno del IFT. A unos cuantos días de que entren en vigor los Lineamientos, tardíamente los demandantes los consideran inconstitucionales. Pareciera que los legisladores no saben lo que discuten y aprueban. Por parte de la Presidencia, fue el propio Ejecutivo quien propuso dos de los derechos de las audiencias que más han sido atacados por los medios. Pareciera que el Ejecutivo Federal tampoco sabe lo que propone al Congreso de la Unión. Debería sentirse satisfecho porque avalaron lo que desde un principio contenía la iniciativa de ley", sentenció la Amedi.
Refirió que cuando el Ejecutivo Federal presentó la reforma constitucional en telecomunicaciones y radiodifusión, la iniciativa no contemplaba los derechos de las audiencias, por lo que es "un logro de la sociedad" que hayan quedado plasmados en la versión final del artículo sexto constitucional.
La Amedi recordó que durante la discusión de la LFTR, se reforzaron los derechos de las audiencias y dos de ellos fueron propuestos por el propio Ejecutivo Federal.
Son los mismos derechos que en estos días han sido impugnados por legisladores que los aprobaron, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), la Iglesia Católica, autoridades estatales y municipales y ahora hasta el propio presidente.
Se trara de los derechos que dictan: “Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta” y “Que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa.”
La organización advirtió que si se deja la reglamentación de los derechos de las audiencias en manos del Ejecutivo Federal implicará "someterlos a intereses políticos y de los concesionarios, como está ocurriendo".
El IFT, indicó, es la autoridad autónoma facultada técnicamente para regular los derechos de las audiencias y emitir los lineamientos correspondientes, además de que goza de la confianza social y el apoyo para que una vez que entren en vigor los Lineamientos, se aboque a vigilar y sancionar su cumplimiento y garantizar los derechos de las audiencias. incluso mencionó que desde 2014 los medios debieron nombrar a sus respectivos defensores de las audiencias.
Interpuestas las controversias, la Amedi señaló que la deliberación jurídica está en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Confió en que la corte "sabrá garantizar una vez más los derechos fundamentales de los mexicanos", por lo que resulta "innecesario suspender o abrogar los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, pues su plena constitucionalidad será refrendada y confirmada. Los medios electrónicos deben cumplirlos y el IFT vigilar que se acaten".
En otras oportunidades, dijo, el máximo órgano judicial del país ha salvaguardado los derechos fundamentales de libertad de expresión y derecho de acceso a la información, así como ha refrendado la autonomía del IFT.
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: SUSANA GONZÁLEZ.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/02/01/critica-amedi-controversias-sobre-derechos-de-audiencias