La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el inciso del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establecía la tarifa cero a los competidores de Telmex, considerado agente preponderante. La Corte consideró que establecer las tarifas de interconexión corresponde al órgano regulador, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y no a los legisladores, por lo que su decisión de imponer una tarifa cero fue una “invasión” de competencias.
La Suprema Corte de México dictaminó que el órgano regulador marque la tarifa de interconexión de Telmex, perteneciente al magnate Carlos Slim, para que la firma de telefonía fija pueda cobrar por el uso de red a sus competidores a partir de 2019, informaron hoy fuentes judiciales.
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el inciso del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establecía la tarifa cero a sus competidores para las compañías de Slim, consideradas agentes preponderantes.