La Ley sobre Delitos de Imprenta -aprobada el 17 de abril de 1917- será abrogada por la Cámara de Diputados. El dictamen que será sometido a aprobación en el pleno de San Lázaro esta tarde, refiere el anacronismo de esa norma porque “no tutela efectivamente el derecho a la información y a la libre expresión, ni el derecho a informar, tanto así que contempla conceptos abiertamente inconstitucionales, como arrestos por 36 horas”.
Con esa legislación centenaria se propiciaba la criminalización de la actividad periodística. Por esa circunstancia, derogar la citada ley, implica garantizar la libertad de imprenta como supuesto esencial e indispensable para la vigencia democrática y el ejercicio pleno de la libertad de expresión; “era necesario abandonar la visión punitiva y de criminalización que establecía dicha ley, para reservar al ámbito civil la protección a la reputación o al propio honor”.