A pesar de las sentencias del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el Estado mexicano se resiste a cambiar las estructuras militares para evitar que sus fuerzas armadas sigan torturando sexualmente a las mujeres.
En 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) sentenció por primera vez a México por tortura sexual cometida por militares en contra de dos mujeres indígenas de la montaña de Guerrero, Inés Fernández y Valentina Rosendo. Estas sentencias fueron emblemáticas porque se reconoció la existencia en México de una “violencia institucional castrense” en un contexto de desigualdad, pobreza y discriminación, y bajo un sistema de justicia militar que permitía la impunidad. También, porque nombró por primera vez a esta violencia cometida por militares como tortura sexual, lo que elevó el delito a una grave violación a los Derechos Humanos (DH).
Para evitar nuevos casos de tortura sexual, la CoIDH ordenó al Estado mexicano reformar sus leyes para que, en violaciones a DH y delitos contra civiles cometidos por militares, éstos fueran juzgados bajo el fuero ordinario y no militar como ocurrió durante todos estos años.