En un sistema ideal, sin corrupción en el Poder Judicial, con ética en las defensas privadas, investigación científica ministerial, y un contexto de certeza jurídica, por supuesto que la prisión preventiva oficiosa saldría sobrando. Por qué encarcelar de entrada a alguien que se presume inocente, por qué castigarlo con prisión antes de conocer si es culpable, por qué mantenerlo tras las rejas durante el proceso judicial. No tendría caso. Pero México está lejos de encuadrarse en esa situación.
Ciertamente la prisión preventiva oficiosa establecida en la Constitución Mexicana ha sido motivo de denuncias internacionales; por ejemplo, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde han considerado los casos de personas que se presumen inocentes, y se prueba lo mismo, que han sido puestas en prisión preventiva oficiosa en lo que se investiga el supuesto delito cometido, con lo que se violó la presunción de inocencia, y se violentaron sus derechos humanos.