El Senado de la República elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, que impide a los agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género competir por cargos de elección popular o participar en el servicio público.
El dictamen impide a deudores alimentarios o quienes enfrenten un proceso por violencia en contra de mujeres poder ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Esto aplica a quienes tengan sentencias por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.