Los magistrados señalaron que la Constitución establece en los artículos 35 y 41 que en todos los cargos se debe aplicar el principio de paridad, incluido el presidencial. Por ello, consideraron que el Congreso fue omiso al no legislar para adecuar la realidad a lo que establece la Carta Magna.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de la Unión regular la paridad de género en la elección presidencial, sin embargo, los cambios legislativos serán aplicados hasta 2030, cuando se realice la siguiente renovación del Ejecutivo federal.
En sesión ordinaria de la Sala Superior del TEPJF, el magistrado Felipe Fuentes Barrera propuso declarar inexistentes las omisiones del Congreso de la Unión al no legislar sobre este tema y del Instituto Nacional Electoral (INE) al no emitir lineamientos para regular la elección paritaria, porque no hay una disposición que los obligue a hacerlo.