AUTOR: TANIA L. MONTALVO.
Hay contradicciones en lo que deben hacer los concesionarios con el subtitulaje de la programación y éste se limita a un segmento o a un horario, violando el derecho a la información.
El derecho a la información de las personas con discapacidad se violenta en la legislación secundaria en materia de telecomunicaciones porque no garantiza que puedan tener acceso a noticieros o cualquier programa de entretenimiento ni a otros servicios del sector, según activistas por los derechos de este grupo.
“En el artículo 258 del dictamen dice que para hacer accesibles la programación se deben incluir subtítulos o lengua de señas mexicana en algún segmento de al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia. ¿Qué significa algún segmento? ¿qué podrán sintonizar la sección de deportes, de espectáculos, el reporte del clima de un noticiero? A las personas con discapacidad auditiva no les dejan ni siquiera un noticiero completo, dicen que un segmento”, cuestionó Clara Luz Álvarez, investigadora en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).